Opinión de cumplimiento (32-D): para qué sirve y cuándo la vas a necesitar
Es uno de los documentos que más piden bancos, dependencias y clientes corporativos. Te explicamos qué es y por qué conviene tenerla siempre en verde.
Las personas morales presentan su declaración anual en marzo del año siguiente al ejercicio que se declara. En ella se determina el resultado fiscal del año, considerando ingresos acumulables, deducciones autorizadas y, en su caso, la PTU y pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de aplicar.
Para llegar a marzo sin sobresaltos, ayuda mucho tener la contabilidad conciliada mes con mes durante todo el año: bancos, facturación, nómina e inventarios (cuando aplica), en vez de intentar cuadrar doce meses de golpe en las últimas semanas.
También conviene revisar con tiempo los CFDI de nómina, los pagos provisionales presentados durante el año y la información de partes relacionadas, cuando corresponda, porque son puntos que el SAT suele cruzar con la declaración anual.
Una empresa con su contabilidad al día llega a marzo simplemente a confirmar cifras, no a reconstruir un año completo contra el reloj.